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sábado, 13 de junio de 2020

Encuentran Agroquímicos Biocidas en escuelas de Tandil

Un grupo de extensión de la UNICEN detectó la presencia de agroquímicos biocidas en suelo y agua de pozo en 15 escuelas rurales. La presentación se realizó este jueves.


Investigadores, docentes y alumnos de la Universidad Nacional del Centro (UNICEN) detectaron la presencia de agroquímicos biocidas en suelo y agua de pozo en las 15 escuelas rurales participantes del proyecto de extensión. Estas conclusiones surgen en el informe “Agroquímicos plaguicidas en Escuelas Rurales del Partido de Tandil” que fue presentado ayer.

El trabajo detectó la presencia de 16 ingredientes activos de formulados de plaguicidas. Todas las escuelas estaban contaminadas, algunas con hasta 8 de estos productos.


El informe pone en evidencia el riesgo que corre la comunidad educativa rural del partido, así como la población cercana a los establecimientos educativos.

Muchos de los plaguicidas encontrados en las muestras son genotóxicos, neurotóxicos, carcinogénicos y/o disruptores endocrinos, capaces de generar efectos nocivos a la salud a muy bajas dosis. Está comprobado que las personas expuestas una o repetidas veces a estos agroquímicos biocidas elevan su posibilidad de desarrollar enfermedades con el tiempo. 

Algunas de estas sustancias no han sido todavía suficientemente estudiadas, lo cual no implica que sean inocuas.

En la totalidad de las escuelas relevadas por los investigadores de la UNICEN se detectaron sustancias tóxicas. En el agua se encontró con mayor frecuencia Metsulfurón metil (en el 89% de las muestras), Atz-desetil (metabolito de Atrazina, en 77% de las muestras) y Diclosulam (67%), En las muestras de suelo los ingredientes activos más frecuentes fueron Atrazina y su metabolito Atz-OH (63% y 69% de las muestras respectivamente), AMPA (metabolito del Glifosato, 69%), Glifosato (56%) y 2,4-D (50% de las muestras).

El trabajo de extensión universitaria señala que:

Los agroquímicos biocidas se difunden en el aire por efecto de las derivas primarias, secundarias y terciarias, se escurren hacia ríos y arroyos, se infiltran hacia las napas subterráneas y se adsorben a partículas de suelo que son transportadas por el viento. Una vez liberados al ambiente, son incontrolables.

Las Buenas Prácticas Agrícolas son necesarias pero absolutamente insuficientes. Aun cuando se sigan al pie de la letra, no pueden, de ninguna manera, proteger a la población ni a los ecosistemas.

Resulta indispensable hacer estudios epidemiológicos, en especial en niños y niñas, de las comunidades educativas rurales del Partido de Tandil. 

El equipo de trabajo estuvo compuesto por Graciela Canziani, Virginia Aparicio,
Agustina Cortelezzi, Eduardo De Gerónimo, Soledad Fontanarrosa y Adela Tisnés; entre otros docentes, investigadores, estudiantes y graduados que integran el proyecto de Voluntariado Universitario.

El trabajo puede descargarse de bit.ly/InformeEcoAgricultura
La presentación puede verse en: https://youtu.be/Dtrgn3Wp0ws

Contacto: canziani@exa.unicen.edu.ar

Gacetilla de prensa BIOS

REENVIAMOS
                                                                                                                            12 de junio de 2020 
AGROQUÍMICOS BIOCIDAS EN ESCUELAS RURALES DE TANDIL Investigadores, docentes y alumnos de la Universidad Nacional del Centro (UNICEN) detectaron la presencia de agroquímicos biocidas en suelo y agua de pozo en las 15 escuelas rurales participantes del proyecto de extensión. Estas conclusiones surgen en el informe “Agroquímicos plaguicidas en Escuelas Rurales del Partido de Tandil” que fue presentado ayer. 
El trabajo detectó la presencia de 16 ingredientes activos de formulados de plaguicidas. Todas las escuelas estaban contaminadas, algunas con hasta 8 de estos productos. El informe pone en evidencia el riesgo que corre la comunidad educativa rural del partido, así como la población cercana a los establecimientos educativos. Muchos de los plaguicidas encontrados en las muestras son genotóxicos, neurotóxicos, carcinogénicos y/o disruptores endocrinos, capaces de generar efectos nocivos a la salud a muy bajas dosis. Está comprobado que las personas expuestas una o repetidas veces a estos agroquímicos biocidas elevan su posibilidad de desarrollar enfermedades con el tiempo. Algunas de estas sustancias no han sido todavía suficientemente estudiadas, lo cual no implica que sean inocuas. En la totalidad de las escuelas relevadas por los investigadores de la UNICEN se detectaron sustancias tóxicas. En el agua se encontró con mayor frecuencia Metsulfurón metil (en el 89% de las muestras), Atz-desetil (metabolito de Atrazina, en 77% de las muestras) y Diclosulam (67%), En las muestras de suelo los ingredientes activos más frecuentes fueron Atrazina y su metabolito Atz-OH (63% y 69% de las muestras respectivamente), AMPA (metabolito del Glifosato, 69%), Glifosato (56%) y 2,4-D (50% de las muestras). El trabajo de extensión universitaria señala que:
 Los agroquímicos biocidas se difunden en el aire por efecto de las derivas primarias, secundarias y terciarias, se escurren hacia ríos y arroyos, se infiltran hacia las napas subterráneas y se adsorben a partículas de suelo que son transportadas por el viento. Una vez liberados al ambiente, son incontrolables.   Las Buenas Prácticas Agrícolas son necesarias pero absolutamente insuficientes. Aun cuando se sigan al pie de la letra, no pueden, de ninguna manera, proteger a la población ni a los ecosistemas.   Resulta indispensable hacer estudios epidemiológicos, en especial en niños y niñas, de las comunidades educativas rurales del Partido de Tandil. 
El equipo de trabajo estuvo compuesto por Graciela Canziani, Virginia Aparicio, Agustina Cortelezzi, Eduardo De Gerónimo, Soledad Fontanarrosa y Adela Tisnés; entre otros docentes, investigadores, estudiantes y graduados que integran el proyecto de Voluntariado Universitario.
El trabajo puede descargarse de bit.ly/InformeEcoAgricultura La presentación puede verse en: https://youtu.be/Dtrgn3Wp0ws 

Contacto: canziani@exa.unicen.edu.ar 
BIOS www.bios.org.ar bios_argentina@yahoo.com GENERACIONES FUTURAS http://www.generacionesfuturas.org/ 

Tandil y las fumigaciones: el debate por la modificación de la ordenanza espera en el Concejo Deliberante y una acción judicial de vecinos está frenada por la Justicia inmóvil en la pandemia.-

Un video grabado por un vecino evidencia que un «mosquito» pulveriza y fumiga en un predio a pocos metros de sus casas, en Gardey, un pequeño pueblo turístico del Partido de Tandil. No es la primera vez que Gerardo y su familia ven y sufren la actividad que se realiza en el campo que tienen frente a su casa, cruzando la calle de tierra, perteneciente a la estancia «Don Juan». Tampoco es la primera vez que Gerardo y sus vecinos denuncian que esos químicos llegan hasta sus pulmones y los de sus hijos, y caen como garúa finita sobre sus plantas y sus mascotas.


El jueves 11 de junio de 2020 el video grabado por Gerardo en el que se ve al mosquito fumigando a pocos metros de la puerta de su casa, un día de viento norte que hacía que la deriva llevara los químicos directamente hasta su comedor, recorrió y se multiplicó en las redes sociales.

Los afectados se organizaron en una Junta Vecinal y desde allí, en conjunto reclaman a los concejales que se modifique la ordenanza Nº12.316/2011; presentaron una acción judicial antes del ASPO (Aislamiento Social Preventivo y obligatorio) para preservar su salud y la de las generaciones futuras en Gardey, barrio escuela Nº 33, «La Porteña» y «Monte Callado», y, reabren el debate, al menos en la sociedad, ya que el tratamiento formal se encuentra dormido en la comisión de Producción del Concejo Deliberante de Tandil.

Por otra parte entablaron una acción judicial solicitando una medida cautelar para prohibir las aplicaciones de los «mosquitos» a menos 1500 metros desde sus viviendas. Esta acción fue rechazada y aguardan se habiliten los tribunales para que se reanude el plazo y puedan apelar.

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El marco legal que regula las fumigaciones en Tandil.

La Ordenanza Nº 12.316/11 aprobada el 14 de abril de 2011 por el Concejo Deliberante de Tandil establece dentro de las indicadas como «Zona Urbana y Área Complementaria» en el plano 4 de Zonificación del Plan de Desarrollo Territorial (Plano en Anexo I), la utilización de productos químicos de uso agropecuario destinado a la aplicación en el control y/o manejo de adversidades o a la fertilización agrícola y/o forestal.

En el inciso b)- del artículo 1º citado en el párrafo precedente, se establece que: «b)Hasta 300 mts del límite exterior de las Zonas A y B de María Ignacia, Gardey y de la última línea de edificación en el resto de los núcleos de población consolidada: Corresponderán las mismas regulaciones que en la denominada «Zona Adyacente Ampliada».

c)- Las Áreas comprendidas en los puntos a) y b) del pre-
sente artículo, integrarán la denominada «Área Total».

La ordenanza local toma las recomentadaciones, en forma parcial de organismos internacionales cmo la Organización Mundial de la Salud OMS y establece que «Se regula la aplicación de productos agroquímicos y/o plaguicidas en el «Área Total» determinada en el artículo 1º; donde solo se podrán utilizar productos clasificados según su toxicidad por lOrganización Mundial de la Salud (OMS) como Clase III y IV. Dichos productos corresponden a la categoría banda azul y verde de la Organización Mundial de la Salud (OMS)».

Por su parte en el ARTÍCULO 7º dispone que «Queda prohibida dentro del Partido de Tandil, la aplicación de agroquímicos por vía aérea o terrestre, en lotes que se encuentren a menos de 150 metros de establecimientos escolares, centros de salud, establecimientos elaboradores de productos alimenticios».

Pero ¿Por qué se aplica el artículo 7º en el caso de Gardey; barrio escuela Nº 33, «La Porteña» y «Monte Callado» y no los 300 metros dispuestos en el inciso B) del artículo 1º ?

De todas formas, en el caso del video pone en evidencia que hay menos de 150 metros desde donde pasa el mosquito hasta las puertas de las viviendas, y con viento Norte se sabe que el alcance del agroquímico es mayor por la deriva.-

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La Provincia de Buenos Aires cuenta con una Ley de Agroquímicos que data de hace aproximadamente 30 años, complementada por su reglamentación y algunas resoluciones ministeriales.. La norma está en proceso de revisión en la legislatura provincial desde hace varios años y sobre el final de la gestión del gobierno2015-2019 se arribó a un texto reglamentario actualizado que tampoco llegó a ver la luz e implementarse. Hubo varios proyectos en danza que no han logrado el consenso necesario para transformarse en Ley, y/o han perdido estado parlamentario. Ante esta situación general en la provincia. se propició la firma de convenios con municipios para favorecer las acciones de control aprovechando la sinergia de la actuación coordinada entre los órganos municipales y los provinciales. Dentro de los artículos de esta resolución, se promueve la correcta implementación de las Buenas Prácticas Agropecuarias (BPA) a través de convenios. Más de 40 municipios firmaron el convenio para implementar esta normativa.-

La intervención del Poder Ejecutivo de Tandil: «cuando hemos tenido que actuar de oficio, lo hicimos».-

El Licenciado en Gestión Ambiental Héctor Creparula, responsable del área de Medio ambiente de Tandil en diálogo con Convergencias expresó que «Cuando recibimos una denuncia constatamos si hay alguna infracción, cualquiera sea la ordenanza, tanto en industria, el comercio o con el campo. Esta es la Ordenanza que hay, en todo caso hay que rever y eso está en un proyecto en el Concejo Deliberante. Le corresponde al legislativo hacer un cambio ante un hecho claro de conflicto de uso de sueldo aparte de un pedido de mucha gente»

«La metodología es constatar el lugar, ver que se hizo. En el caso especifico de los campos ver de quien es. En el caso del video ya lo hemos infraccionado porque no ha hecho lo que dice la normativa. Muchas veces actuamos de oficio porque te llega el video. Nosotros estamos en contacto con los vecinos», detalló el Héctor Creparula.

«Acá a veces te encontrás con un potrero y ¿a quien notificas que está haciendo algo mal? nosotros llegamos a un acuerdo con los Juzgados de Faltas. Hacemos una infracción al dueño y después si el dueño no es el responsable de la infracción le pasará la multa al que lo hizo, sino es imposible. No se puede correr un mosquito.», refirió el responsable del área de Medio Ambiente de Tandil y agregó «En el 2011 cuando salió nuestra ordenanza no había muchas ordenanzas en municipios de la Provincia de Buenos Aires, una de la más atrasadas en materia medioambiental en todo el país. Tenés el ejemplo del 2-4D prohibido en casi todas las provincia y nosotros tenemos épocas que sí y épocas que no. Las leyes tienen que ser dinámicas. Te tenes que dar permiso a que van cambiando las tecnologías, que las ciudades como Gardey han avanzado sobre el campo. A esa ordenanza vigente le faltan muchas cosas de las que hoy se habla como las derivas, la receta agronómica que hace poco más de un años y medio que se cumple».

«Al contacto con los vecinos lo tengo a diario. Muchas veces les tengo que decir tristemente no está en la reglamentación, y lo que hacen está previsto en la ordenanza».

«Había viento Norte. Fumigaban para el lado de las casas, si. Paramos la aplicación, nos dijo la ingeniera que actuó en esta fumigación», detalló
Creparula.

Desde Convergencias nos hemos puesto en contacto con algunos concejales, pero al momento de la publicación de esta nota, no hemos tenido respuesta, la que aguardarmos para una próxima publicación.

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La acción judicial de los vecinos de Gardey que espera se reanude la actividad de los Tribunales.

Un grupo de vecinos de la localidad de Gardey, se organizaron para llevar adelante acciones que tiendan a evitar los efectos nocivos para la salud que produce la actividad de los fumigadores en una comunidad que creció y se urbanizó en medio del campo pero que la legislación local no se adaptó a dicho cambio.

Las viviendas de estas personas se encuentran frente o próximas a los predios fumigados entendieron que existían razones suficientes para solicitar a los concejales la adecuación de la ordenanza 12.316/2011 pero también consideraron que la situación ameritaba realizar acciones urgentes. en razón de esto último presentaron una medida cautelar dada la afectación del bien tutelado: la salud y la integridad física.

En la acción judicial entablada los vecinos solicitan se disponga la inmediata suspensión de toda actividad de fumigación terrestre con agrotóxicos que se realice a una distancia menor a 1.500 metros de la zona urbana, núcleos de viviendas habitadas, escuelas rurales, postas sanitarias, cursos de agua -arroyos, lagunas- villas recreativas o deportivas en el partido de Tandil. Y por otra, pide que se ordene la prohibición inmediata de tránsito de maquinaria de fumigación por las calles y caminos de la zona urbana, tanto de vehículos autopropulsados -mosquitos- como de tanques cisternas arrastrados por otros vehículos en el mismo partido de Tandil.

El juez Francisco Augusto Blanc, titular del Juzgado en lo civil y comercial Nº2 de Tantil, se expidió y resolvió en marzo de 2020, sentencia que quedó notificada un día antes que comience el ASPO. Blanco entendió que «Siendo de público y notorio conocimiento que en el partido de Tandil hay un amplio desarrollo de la explotación agrícola en la que es habitual el uso de agroquímicos o productos fitosanitarios cuyo fin es proteger los cultivos de plagas, malezas y enfermedades; que dicha actividad, en ocasiones se lleva adelante en lugares cercanos a poblados, parajes, zonas de esparcimiento y recreo, etc.; que los productos fitosanitarios deben ser utilizados de manera responsable y siguiendo determinadas pautas de aplicación, siendo publicitado que su uso de manera contraria a tales indicaciones puede generar problemas a la salud y el medio ambiente; entiendo que debe buscarse un equilibrio entre la productividad de la actividad agrícola, el cuidado del ambiente y el desarrollo integral de la sociedad.-Por ello, en función de las facultades otorgadas por los artículos 1710 y 1713 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, como medida preventiva, hasta tanto se produzca prueba que permita conocer de manera certera los efectos y consecuencias que la aplicación de agroquímicos están produciendo o podrían producir a los actores y demás personas involucradas y/o al medio ambiente y, sin perjuicio de la subsistencia de las mismas en caso de considerarlo ello prudente y beneficioso a los fines de evitar futuros daños a la comunidad».-

Luego de expresar los considerandos precedentemente citados, el Juez natural de la causa no hace lugar a la suspensión de las fumigaciones y dispone que: «1.- Previamente a la aplicación de productos fitosanitarios en las llamadas zonas de amortiguación -determinadas en la Ordenanza Municipal 12.316/2011- las demandadas deberán dar aviso en las presentes actuaciones y al agrónomo que en virtud de lo que se dispone al punto 3.- de la presente pudiera intervenir como contralor por los actores. Al mismo se le podrá notificar por What’s App. Ambos avisos deberán formalizarse con 72 hs. de anticipación, adjuntando copia de la receta agronómica, la que deberá ser suscripta por Ingeniero Agrónomo Matriculado, profesional que deberá indicar el producto de menor peligrosidad o toxicidad posible para el objetivo perseguido.-2.- En las zonas detalladas en el art. 1° Ord. 12.316/2011, en el momento de la aplicación deberá estar presente el Ingeniero Agrónomo responsable, quien en cumplimiento de buenas prácticas agrícolas, deberá verificar: a) que el producto aplicado sea el indicado en la receta agronómica; b) que el mismo se prepare conforme las especificaciones y recomendaciones del fabricante; c) las condiciones climáticas y meteorológicas existentes en el momento de aplicación, absteniéndose de aplicarlo en caso de condiciones adversas; d) controlar las características y estado de la máquina aplicadora; e) asegurarse que el tratamiento de los envases vacíos de agroquímicos, se realice conforme las recomendaciones d el fabricante o elaborador; f) tomar toda otra medida tendiente a asegurar una gestión responsable de los productos fitosanitarios que se apliquen.-3.- Los actores podrán designar ingeniero agrónomo matriculado que controle el correcto cumplimiento de lo dispuesto en los puntos precedentes.-Queda claro que ello no importa posibilidad de oponerse al producto elegido por el profesional interviniente por los demandados. Y que en caso de considerarse que se incumple con la pauta fijada de menor peligrosidad o toxicidad del punto 1) para el caso concreto, ello será materia de prueba y resolución al momento de dictar sentencia.-Del mismo modo, el profesional agrónomo que designen los actores, podrá informar cualquier incumplimiento que se observe a las pautas fijadas en el punto 2) de la presente, lo que será materia de prueba en cuanto a la gravedad de la violación y en su caso se impondrán las multas siguientes.-4.- Sin perjuicio de las sanciones administrativas que correspondan por aplicación de normas provinciales y/o municipales, ante cada incumplimiento de lo aquí ordenado en que incurran los demandados se ha de fijar -al momento de dictar sentencia y de acuerdo a la prueba que se produzca en autos en cuanto a la gravedad de cada incumplimiento- y teniendo en cuenta los derechos involucrados una multa entre el 5% y el 50% del rinde por hectárea del cultivo del que se trate.-5.- En cuanto al tránsito de equipos de aplicación terrestre de fitosanitarios por las calles y caminos de la zona urbana, tanto de vehículos autopropulsados -mosquitos- como de tanques cisternas arrastrados por otros vehículos en el mismo partido, estese a lo dispuesto por el art. 34 decreto 499/91 y a lo dispuesto por el art. 5 de la Ordenanza Municipal 12316.-Hágase saber ello a las dependencias policiales de la ciudad a fin de que labren acta de cualquier violación, informen inmediatamente al suscripto y a la Municipio de Tandil, y procedan, en lo pertinente, conforme art. 12 de la Ordenanza Municipal 12316.-Líbrense las piezas que fueren menester a fin de cumplir con dichas medidas».-

«Es loco lo resuelve el juez. Precisamente ayer se conoció un informe que un estudio que hicieron en escuelas rurales de Tandil y salió que hay hasta 16 agrotóxicos en agua y suelo. Quien encabeza el proyecto es la Dra. Graciela Canziani que es quien trabajó en uno de los proyectos presentados en el Concejo Deliberante de Tandil para modificar la ordenanza 12.316/2011», expresó Pablo un vecino de Gardey e integrante de la Junta vecinal al ser consultado por Convergencias.

«Es preocupante la decisión del Juez» plantea Luci, otra vecina que refuerza «Es gravísimo lo que nos plantea que hasta que no se entienda que haya pruebas que los agroquímicos causan daño en su salud de los actores no puede llevar adelante nuestro pedido de alejar las fumigaciones 1500 metros».

En la acción judicial contra particulares que realizan fumigaciones, los vecinos fueron patrocinados por los abogados ambientalistas Miguel Ibarlucia y Lucas Landivar, este último integrante de la Red Nacional de abogados de Pueblso Fumigados. «Vamos a apelar el fallo ni bien se retome el plazo cuando se reanude la actividad judicial», informó Luci en refrencia a la suspensión del plazo por la vigencia de la cuarentena en la que la Justicia no habilitó días y horas inhábiles para resolver esta cuestión.-

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Informe sobre Agroquímicos Plaguicidas en Escuelas Rurales del Partido de Tandil.-

El jueves 11 de junio fue presentado el informe elaborado por integrantes de los proyectos de Voluntariado Universitario EcoAgricultura y EcoAgricultura II. Se detallará el propósito del trabajo, así como la metodología utilizada y las tareas de muestreo de suelo y agua realizadas en las 15 escuelas rurales que participaron en los proyectos mencionados. Se conversará sobre los resultados de los análisis, su significado y los efectos tóxicos en la salud y en el ambiente de los ingredientes activos detectados.

Los proyectos fueron desarrollados por estudiantes y graduados de las carreras de Licenciatura en Tecnología Ambiental, Licenciatura en Diagnóstico y Gestión Ambiental y estudiantes del Doctorado en Ciencias Aplicadas Mención Ambiente y Salud, asesorados por docentes/investigadoras de las Facultades de Ciencias Exactas, Ciencias Humanas y Ciencias Veterinarias, conjuntamente con la Jefatura Distrital de Tandil y el Centro Cultural “La Compañía”, financiados a través del programa Compromiso Social Universitario de la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación.

Fuente: http://convergencias.com.ar/tandil-y-las-fumigaciones-el-debate-por-la-modificacion-de-la-ordenanza-espera-en-el-concejo-deliberante-y-una-medida-cautelar-de-vecinos-esta-frenada-la-justicia-inmovil-en-la-pandemia/

jueves, 11 de junio de 2020

Exactas Dialoga.Informe sobre Agroquimicos plaguicidas en escuelas rurales del partido de Tandil

https://www.youtube.com/watch?time_continue=1&v=Dtrgn3Wp0ws&feature=emb_logo
 Elaborado por integrantes de los proyectos de Voluntariado Universitario EcoAgricultura y EcoAgricultura II. Se detallará el propósito del trabajo, así como la metodología utilizada y las tareas de muestreo de suelo y agua realizadas en las 15 escuelas rurales que participaron en los proyectos mencionados. Se conversará sobre los resultados de los análisis, su significado y los efectos tóxicos en la salud y en el ambiente de los ingredientes activos detectados. Los proyectos fueron desarrollados por estudiantes y graduados de las carreras de Licenciatura en Tecnología Ambiental, Licenciatura en Diagnóstico y Gestión Ambiental y estudiantes del Doctorado en Ciencias Aplicadas Mención Ambiente y Salud, asesorados por docentes/investigadoras de las Facultades de Ciencias Exactas, Ciencias Humanas y Ciencias Veterinarias, conjuntamente con la Jefatura Distrital de Tandil y el Centro Cultural “La Compañía”, financiados a través del programa Compromiso Social Universitario de la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación.

viernes, 1 de mayo de 2020

Los vecinos de La Porteña apelarán la medida judicial que no dio lugar al pedido de detener las fumigaciones

Sobre el final del 2019 la Junta Vecinal por un Ambiente Saludable demandó a productores por fumigar sobre zonas urbanas. Pidieron que la práctica se detenga cuando sea a una distancia menor de 1500 metros. El juez lo rechazó y ellos decidieron apelar. Creen que hay desconocimiento e ignorancia sobre lo que producen los agrotóxicos.


El juez desestimó el pedido de los vecinos de La Porteña de detener las fumigaciones en zona urbana, por considerar que no hay pruebas sobre los efectos y consecuencias. Ante esa determinación, los agrupados en la Junta Vecinal por un Ambiente Saludable decidieron apelar la medida y hablaron de falta de compromiso y de conocimiento.
Desde ese grupo, en diciembre de 2019, realizaron una demanda judicial a productores agrícolas del partido de Tandil, cuyas prácticas perjudicarían la salud de los habitantes y del ambiente. La presentación fue realizada en el Juzgado en lo Civil y Comercial 2 de Azul, con asiento en esta ciudad, a cargo del juez Francisco Augusto Blanc.
“Con la intención de lograr de manera inmediata detener estas prácticas nocivas solicitamos al juez que dictamine una medida cautelar que disponga la inmediata suspensión de fumigaciones terrestres que se realicen a una distancia menor de 1500 metros de la zona urbana, núcleos de viviendas, escuelas rurales, y cursos de agua”, recordó Silvia Gómez, vocera de la Junta.
Además, solicitaron que se ordene la prohibición del tránsito de maquinaria fumigadora, conocida como mosquitos, por caminos y calles de zonas pobladas.
Luego de la feria judicial, el 13 de marzo pasado, recibieron la respuesta del juez, enterándose de que desestimó el pedido de distanciar las fumigaciones de sus casas hasta tanto se produzca prueba que permita conocer de manera certera los efectos y consecuencias que los agroquímicos están produciendo o podrían producir a los actores y demás personas involucradas y /o al medioambiente.
“Desconoce e ignora”
Para los vecinos, el juez ignoró la mayoría del material que le adjuntaron, donde se señalan los daños y enfermedades que causan los venenos utilizados por el modelo agrícola actual. “Desconoce que en todo el país, y en el mundo, se están realizando demandas denunciando consecuencias directas a la salud de niños, de  docentes de escuelas rurales, y de población en general; desconoce las muertes y enfermedades a borbotones que derivan de dicho modelo agrícola”, enfatizaron.
Asimismo, indicaron que “Blanc justifica el uso de fitosanitarios, como los llama en la causa, manifestando que solamente se tienen que respetar las buenas prácticas agrícolas en las zonas de amortiguamiento. De esta manera, el juez está ignorando acerca de lo que en verdad son las llamadas buenas prácticas y el fraude de la clasificación toxicológica”, advirtió Gómez, reflejando la indignación de los afectados.
También, aseguró que la determinación tomada indica que desconoce que existe otra manera de producir alimentos, como la producción agroecológica.
Por lo cual, la resolución dictada por Blanc, para la Junta Vecinal por un Ambiente Saludable, simplemente reafirma la ordenanza municipal actual, diferenciándola de tan sólo la eventualidad de avisar cuando van a fumigar cerca y la posibilidad de que designen un ingeniero agrónomo el cual solamente actuaría como veedor ante irregularidades.  “Así lo enfrentaría a otro ingeniero agrónomo, el contratado por el campo cultivado, además de que sus honorarios correrían por cuenta de nosotros”, se quejaron.


Apelación
“Este dictamen nos parece una falta de compromiso, siendo que en los últimos años se han dado muchísimas experiencias, hay muchísimos antecedentes de medidas cautelares a favor de la salud, en diferentes localidades”, aseveraron a través de Silvia Gómez, y destacaron que hoy en día hay muchísimos precedentes jurisprudenciales.
Según su apreciación, el juez ratifica las débiles restricciones de la ordenanza actual, y no amplía el efecto de las medidas a todo el universo de las aplicaciones, sino sólo a los demandados. De esta manera, consideraron que no está garantizando la salud de la comunidad de Tandil, “como tampoco lo hace la ordenanza actual municipal”.
Es por esto que revelaron que van a insistir y apelarán la resolución, “porque lo están pidiendo las familias y la naturaleza tambien. El juez está actuando a contra derecho y nuestros abogados elevaran la causa al Juzgado de Apelaciones de Azul para que revean la medida”, informaron.
Finalmente, compartieron una reflexión que deja su postura en claro, totalmente disidente con la de Blanc.
“El juez habla de equilibrio entre la producción y la salud, pero no existe tal equilibrio si se está asperjando venenos por todo nuestro alrededor: a la tierra, a las personas, a los alimentos que comemos. Estamos en un momento crítico, es necesario componer nuevas prácticas agrícolas, que vayan por el mismo sendero que la naturaleza, que la salud, que la vida. No en contra. No nos oponemos a la producción, sólo queremos que la producción de alimentos sea sana, que la gente no enferme  por ser fumigada; que no enfermemos por comer comida llena de agrotóxicos, que el aire que respiramos no este envenenado con ellos”, subrayaron.
Advirtieron, así, que es urgente replantear como sociedad qué mundo se quiere seguir construyendo y, que la forma que se elija para producir alimentos será clave para saber si se podrá seguir habitando este planeta.


 https://www.eleco.com.ar/la-ciudad/los-vecinos-de-la-portena-apelaran-la-medida-judicial-que-no-dio-lugar-al-pedido-de-detener-las-fumigaciones/

Vecinos repudian el fallo del juez Blanc y lo apelarán en la Cámara de Azul

"Nos indignó, nos parece anti ético y anti humano su fallo", dijo Lucía Mestre ante el dictamen de primera instancia. Irán a la Alzada asesorados por los abogados Ibarlucía y Landivar
Lucía Mestre, vecina del paraje "La Porteña", recordó que en Diciembre de 2019 junto a ciudadanos de Gadey y Paraje El Gallo, más establecimientos educativos, realizar una asamblea para contrarrestar los efectos de las fumigaciones de campos linderos que afectan a la salud.
Tras 6 meses de investigación de la normativa municipal, y un nuevo proyecto de ordenanza que regularice con nuevas distancias de acuerdo a las nuevas realidades, presentaron una demanda en el Juzgado Civil y Comercial 2, a cargo del doctor Francisco Blanc.
"Le presentamos documentación científica y jurisprudencia en la Provincia, donde las fumigaciones afectaban la salud de las familias. Pasó la feria judicial y el 13 de Marzo se expidió el magistrado. Le habíamos pedido que hasta tanto se regularicen las distancias, dictamine una cautelar de 1.500 metros", .
"Nos indignó, nos parece anti ético y anti humano su fallo. Blanc indicó en la sentencia que "debe buscarse un equilibrio entre la actividad agrícola, el medio ambiente y el desarrolo integral de la sociedad. Pero no dictamina los 1.500 metros de distancia hasta tanto no se produzca prueba sobre los efectos y consecuencias que la aplicación de agroquímicos están produciendo", manifestó Mestre en diálogo con LA VOZ.
Para los vecinos, el juez necesita que "uno de nosotros se enferme para dar curso a nuestro reclamo, así demostraríamos fehacientemente el efecto".
"Estas empresas exigen pruebas directas y fehacientes, no podemos someter al humano a los agrotóxicos para demostrar que hacen mal a la salud, que son tóxicos", adujo.
La entrevistada recordó que "en la cautelar le pedimos a Blanc que detenga la circulación de mosquitos (maquinaria pesada), que son los que aplican los agrotóxicos. Las buenas prácticas agrícolas son procedimientos impulsados por las fábricas de venenos. Cuando no hay una regulación y una norma, las buenas prácticas si son a media cuadra de mi casa no son medias prácticas".
"El juez actúa contra derecho, desoyendo otros fallos en la provincia de Buenos Aires, desoye el material científico donde demuestra el vínculo entre la exposición y las enfermedades. Vamos a apelar esperando que se abra la Cámara de Apelación de Azul. Lo pedimos las familias y la tierra, estamos muy atentos a la salud del planeta. Esto es parte de lo mismo, lo que nos salva de no enfermar es nuestro sistema inmune, las 12 millones de personas que viven en pueblos fumigados hoy están expuestas a que los tóxicos lleguen a sus casas", anticipó la lugareña.
La ordenanza actual es muy "vaga en cuanto a lo que dispone, en lo único es el artículo 7 que establece una distancia de 150 metros, menos de una cuadra, de establecimientos escolares. Por eso hicimos la denuncia en la oficina de Medio Ambiente. El campo al lado de la Escuela 33 es anecdótico, el municipio nos dio la razón, porque se fumigó a cero metros de la escuela, lo dicen los estudios de la Universidad del Centro".
"Estamos trabajando con dos abogados, con el doctor Miguel Ibarlucía a nivel local, y el doctor Lucas Landivar, abogado ambientalista especialista con grandes logros como la cautelar que logró en el partido de general Pueyrredón", culminó.

 https://www.lavozdetandil.com.ar/2020/04/28/vecinos-repudian-el-fallo-del-juez-blanc-y-lo-apelaran-en-la-camara-de-azul-

“Nos indigna el fallo del juez Blanc, no nos está cuidando, no vela por nuestro derecho a la salud”

La afirmación fue realizada en diálogo con ABCHoyRadio (89.1 FM) por una de las integrantes de la Junta Vecinal “Por un Ambiente Saludable” María Lucía Mestre. La denuncia fue realizada en diciembre del año pasado. El grupo resolvió apelar la resolución del Juzgado Civil y Comercial Nº 2 de Tandil.
En la nota realizada este lunes en la radio del Portal de Noticias ABChoy, la señora María Lucía Mestre, integrantes de la Junta Vecinal “Por un ambiente saludable”, afirmó que “Cuando decidimos la acción judicial, no la hicimos como vecinos del Paraje La Porteña, sino demandando en conjunto con padres de escuelas rurales de Gardey y El Gallo, ahora se nos fue de las manos, fue muy grave y es anecdótico. Un problema sobre todo en el partido, y al no tener avances en el ámbito municipal resolvimos en diciembre 2019 pasarlo a lo judicial con esta demanda hacia algunos productores”.
Añadió que “cuando el 13 de marzo, el juez se expide, lo que nosotros le pedíamos, hasta tanto la situación de la fumigación se regularice con una nueva ordenanza o se manden estudios, el aleje las fumigaciones de nuestras casas, de los arroyos, de las escuelas rurales, porque los cursos de agua del partido están siendo contaminados también. Esta causa nos queda como actores pero también defendiendo el ambiente”.
Por otra parte, manifestó que “nosotros sabíamos que por estudiar, investigar, casos parecidos en otros lugares que uno pide determina cantidad, pedíamos una medida cautelar de 1.500 metros, que aleje las fumigaciones de nuestras casas y nuestras escuelas, y pensamos veremos que sucede cuanto nos da. Y el Juez Blanc (Francisco, titular del Juzgado Civil y Comercial Nº 2 de Tandil) en su dictamen y lo voy a leer textual contundente y lo que a nosotros “NOS INDIGNA, NOS HACE SALIR A LOS MEDIOS A DECIR QUE EL DOCTOR BLANC NO NOS ESTA CUIDANDO, NO ESTA VELANDO POR NUESTRO DERECHO A LA SALUD”.

Mestre resaltó que el magistrado manifiesta que “él entiende que debe buscarse el equilibrio entre la actividad agrícola, el cuidado del ambiente y el desarrollo integral de la sociedad”. Pero él no dictamina la distancia de 1.500 metros “hasta tanto se produzca prueba que permita conocer de manera certera los efectos y consecuencias que la aplicación de agroquímicos están produciendo o podrían producir a los actores y demás personas involucrados, y o al medio ambiente. Es decir, el juez necesita que uno de nosotros enferme”.
Al preguntarle si es como “una especie de certificado de cáncer”, a lo que la mujer señaló que, "es así, es bajarlo como una línea más directa. Lo que sabía del director de la Red de Pueblos Fumigados, no podemos experimentar con humanos, y que desavenencias a la salud le trae meterle agroquímicos de manera directa, eso no es ético, este juez no nos está defendiendo. Está actuando contra derecho desoyendo fallos ya resueltos. No pedimos nada nuevo ni nada desubicado, esto ya ocurrió en Pergamino, en Exaltación de la Cruz”.
Añadió la vecina que “para colmo, la ordenanza actual es muy pobre y de muy escaso alcance en cuanto a las fumigaciones, hasta tanto no se empiece a tratar en el concejo deliberante el anteproyecto de ordenanza presentado por la Dra. Graciela Canziani que ustedes entrevistaron el año pasado, por lo tanto hasta que esto no empiece a tratarse, tenemos que seguir por la vía judicial, Lo pedimos por nosotros, por nuestras familias, por la naturaleza. Es el momento que esto cambie”.

Apelarán el fallo
En este sentido María Mestre dijo que “nosotros estamos trabajando con dos abogados, Miguel Ibarlucia nos lleva la causa a nivel local, y después con uno de los abogados que llevan adelante causas ambientalistas como Francisco Landibar, quien nos dice que lo que dice el Juez está mal. Por eso vamos a apelar, estamos esperando que se levante la cuarentena. En General Pueyrredón llevó causas hasta la suprema Corte de Justicia que les dieron la razón en la provincia de Buenos Aires, otorgando los 1000 metros que se venían pidiendo desde hace mucho. Vamos a apelar porque no solo no estamos de acuerdo con la resolución, sino con el dictamen. Presentamos cantidad de bibliografía científica y jurisprudencia, que daba cuenta del daño a la salud que genera la exposición a los agrotóxicos. Y que quede claro, acá a los productores demandados son vecinos, no estamos en contra de ellos como vecinos, sino de las prácticas que dañan nuestra salud. Pero hay otra manera de producir, nos tenemos que seguir alimentándonos, y pedir que esa alimentación sea saludable sin venenos, y ellos tienen la posibilidad de generarlo, es un cambio de paradigma, paulatino, por eso que pedimos una distancia de amortiguamiento de 1.500 metros”.
Insistió con la ordenanza actual, porque “es muy vaga, en cuanto a lo que tiene que hacer el productor. En el único momento que establece una distancia es en el artículo 7 y en relación a escuelas rurales y establecimientos sanitarios. Entonces por eso hicimos la denuncia por el campo lindero a la Escuela 33, en diciembre del año pasado, finalmente el municipio se expide diciendo que los vecinos teníamos razón que se estaba fumigando a cero metros. En este momento desconozco la práctica de mis vecinos. Si las fumigaciones se sigue sucediendo, de hecho a finales de diciembre del año pasado hicimos otra denuncia municipal, viendo que en un campo vecino con viento de 70 km por hora para nuestro lado. Por eso pedimos una reglamentación que los coloque en otro estado de situación van a seguir produciendo como hasta ahora”.
Mestre marcó que “quiero dejar en claro para tener una noción, desde la coordinación de la Red de Pueblos Fumigados, son 500 millones de litros por año de agroquímicos que se están descargando en territorio argentino. Si dividimos eso por los 40 millones de habitantes, son 12 litros de agroquímicos por persona por año, es terrible, esto excede a nuestra ciudad. Más allá que como vecinos lo que queremos  es generar conciencia vecinal. Muchos papás de escuelas rurales apoyando nuestra causa. Desde agosto del año pasado, como organización hemos crecido un montón”.

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